Vigente NORMATIVA AL DÍA

Código del TrabajoTÍTULO I DEL CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO

Art. 121

Obligaciones de los empleadores

Vigente desde 2026-04-09

Las entidades públicas o semipúblicas, las empresas o empleadores, estarán obligados a proporcionar al "Consejo Nacional de Trabajo y Salarios", la información que fuere requerida para el cabal cumplimiento de sus funciones.

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