Vigente NORMATIVA AL DÍA

Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y DescentralizaciónTÍTULO VI RECURSOS FINANCIEROS DE LOS GOBIERNOS AUTÓNOMOS DESCENTRALIZADOS

Art. 198.6

Incumplimiento de la regla de asignación mínima prioritaria

Vigente desde 2026-06-15

En caso de incumplimiento de esta regla de asignación mínima prioritaria, el ente rector de las finanzas públicas aplicará los porcentajes establecidos en el artículo 271 de la Constitución de la República, e informará a la Contraloría General del Estado.

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