Art. 193 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización
Modelo de equidad territorial en la provisión de bienes y servicios públicos
Vigentedesde el 15 de junio de 2026
- Consolidación:
- texto consolidado al 15 de junio de 2026, sin reformas posteriores verificadas
- Texto cargado en Vigente:
Para la asignación y distribución de recursos a cada gobierno autónomo descentralizado se deberá aplicar un modelo de equidad territorial en la provisión de bienes y servicios públicos, que reparte el monto global de las transferencias en dos tramos, de la siguiente manera: a) La distribución de las transferencias a los gobiernos autónomos descentralizados tomará el 2010 como año base y repartirá el monto que por ley les haya correspondido a los gobiernos autónomos en ese año. b) El monto excedente del total del veintiuno por ciento (21%) de ingresos permanentes y diez por ciento (10%) de ingresos no permanentes restados los valores correspondientes a las transferencias entregadas el año 2010, se distribuirá entre los gobiernos autónomos a través de la aplicación de los criterios constitucionales conforme a la fórmula y la ponderación de cada criterio señalada en este Código. Los gobiernos autónomos descentralizados parroquiales rurales que se crearon luego del año 2010, recibirán una asignación que se determinará en función al promedio de las asignaciones que reciben por el literal a) las parroquias rurales circunvecinas. Este monto se lo financiará descontándolo del monto establecido en el literal a) de este artículo que corresponda al gobierno autónomo descentralizado que aprobó su creación.
Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.
Este artículo es citado por (1)
- DG 2 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización · (Disposición General SEGUNDA)
«municipios, deberá ser acumulado a la base del cálculo del año 2010 determinado en el artículo 193 de esta Ley y asignarse a cada gobierno autónomo descentralizado de las provincias»
Referencias verificadas en las normas ya indexadas. El índice cubre por ahora una parte del corpus.