Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización › TÍTULO VI RECURSOS FINANCIEROS DE LOS GOBIERNOS AUTÓNOMOS DESCENTRALIZADOS
Art. 194
Esquema general de la fórmula
Vigente desde 2026-06-15
Para el cálculo de la asignación presupuestaria para cada gobierno autónomo descentralizado se aplicará la siguiente fórmula: Para el caso de los gobiernos autónomos descentralizados provinciales, la fórmula considerará, en el número de criterios, el criterio adicional correspondiente al número de kilómetros existentes, planificados y proyectados de vías rurales.
Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.