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Art. 458 del Código Civil

Vigentedesde el 26 de noviembre de 2025

Consolidación:
texto consolidado al 26 de noviembre de 2025, sin reformas posteriores verificadas
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La continuada negligencia del tutor en proveer a la congrua sustentación y educación del pupilo, es motivo suficiente para removerle de la tutela.

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Este artículo es citado por (1)

  1. Art. 558 del Código Civil

    «en el ejercicio de su cargo, y en especial por las señaladas en los artículos 403 y 458; 3. Por ineptitud manifiesta; 4. Por actos repetidos de administración descuidada; y,»

Referencias verificadas en las normas ya indexadas. El índice cubre por ahora una parte del corpus.