Resolución que codifica las normas de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros › TÍTULO IX DE LA DISOLUCIÓN
DG l1-t9-c1-4
(Disposición General CUARTA)
Vigente desde 2025-09-05
Las inscripciones de las resoluciones que dispongan la disolución de oficio de una sociedad, su liquidación y los nombramientos de los liquidadores, están exentos del pago de cualquier tasa. En caso de incumplimiento de esta disposición, el Superintendente o su delegado solicitarán al órgano rector de los registradores mercantiles y de la propiedad, su destitución legal. Además, cualquier certificado que requiera la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros a cualquier organismo público, será emitido sin ningún costo.
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