Resolución que codifica las normas de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros › TÍTULO IX DE LA DISOLUCIÓN
DG l1-t9-c1-5
(Disposición General QUINTA)
Vigente desde 2025-09-05
En forma previa a emitir las resoluciones previstas en este Reglamento, se deberá contar con un informe del área jurídica, que aporte elementos de opinión o juicio, para la formación de la voluntad administrativa; a excepción de las que se generen automáticamente en el Sistema Integrado de Trámites.
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