Resolución que codifica las normas de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros › TÍTULO VI DE LAS COMPAÑÍAS O SOCIEDADES CON NORMATIVA ESPECIAL
DG l1-t6-c8-1
(Disposición General PRIMERA)
Vigente desde 2025-09-05
Facultad interpretativa.- Los casos de duda que surgieren en aplicación del presente Reglamento o que no estuvieren previstos en sus disposiciones, serán resueltos por el Superintendente de Compañías, Valores y Seguros o su delegado.
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