Disposición General SEXTA
DG l1-t16-c2-ro66-6
Vigentedesde el 5 de septiembre de 2025
- Consolidación:
- texto consolidado al 5 de septiembre de 2025, sin reformas posteriores verificadas
- Texto cargado en Vigente:
La Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros para el ejercicio de su potestad sancionadora, deberá elaborar el reglamento de sanciones en materia de prevención de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y otros delitos aplicables a todos los sujetos obligados que controla, dentro de un plazo de doce meses de vigencia de la presente norma. (Disposición reemplazada por artículo 15 de la Resolución No. SCVS-INC-DNCDN-2024-0013)
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