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Art. 45 de la Resolución que codifica las normas de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros

OPORTUNIDAD PARA LA REACTIVACIÓN

Vigentedesde el 5 de septiembre de 2025

Consolidación:
texto consolidado al 5 de septiembre de 2025, sin reformas posteriores verificadas
Texto cargado en Vigente:
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Cualquiera que haya sido la causa de disolución, la compañía puede reactivarse hasta antes de que se cancele su inscripción en el Registro Mercantil o Registro de Sociedades, si se hubiere superado la causa que motivó su disolución.

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