Vigente NORMATIVA AL DÍA

Resolución que codifica las normas de la Superintendencia de Compañías, Valores y SegurosTÍTULO IX DE LA DISOLUCIÓN

Art. 35

NOTIFICACIÓN DE RESOLUCIONES

Vigente desde 2025-09-05

Secretaría General o quien hiciere sus veces en las Intendencias Regionales, en el término de tres días, contados desde la emisión de la resolución de disolución o liquidación, notificará electrónicamente al respectivo Registro Mercantil, el cual en el término máximo de cinco días y por el mismo medio remitirá la razón de su inscripción.

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