Resolución que codifica las normas de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros › TÍTULO IX DE LA DISOLUCIÓN
Art. 24
DETERMINACIÓN DE LOS HONORARIOS DEL LIQUIDADOR
Vigente desde 2025-09-05
Siempre que el Superintendente o su delegado, designe un liquidador o al representante legal para que se haga cargo de la liquidación, le corresponde fijar los honorarios de éstos. Si dicha designación la realiza la Junta General o Asamblea de accionistas, según el caso, ésta fijará los honorarios correspondientes. Dichos honorarios se determinarán y mantendrán en función de los activos totales registrados en el balance inicial de liquidación, de conformidad con la siguiente tabla:
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