Art. 18 de la Resolución que codifica las normas de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros
SOLICITUD DE EXCLUSIÓN PARA CONTINUAR EN FORMA INDIVIDUAL
Vigentedesde el 5 de septiembre de 2025
- Consolidación:
- texto consolidado al 5 de septiembre de 2025, sin reformas posteriores verificadas
- Texto cargado en Vigente:
Siempre que la resolución masiva no hubiere sido inscrita en el Registro Mercantil o Registro de Sociedades, según corresponda, de oficio o a petición de parte del representante legal de la compañía declarada en estado de disolución y liquidación a través de una resolución masiva, el Superintendente o su delegado podrá excluir de dicha resolución a la compañía solicitante, para que continúe con el proceso de liquidación en forma individual. 2. Del liquidador.
Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.