Art. 28 de la Resolución que codifica las normas de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros
Vigentedesde el 5 de septiembre de 2025
- Consolidación:
- texto consolidado al 5 de septiembre de 2025, sin reformas posteriores verificadas
- Texto cargado en Vigente:
Celebrada la indicada junta, el o los administradores, dentro de los siguientes 15 días, están obligados a implementar los correctivos a las observaciones o irregularidades detectadas por el perito e informar de tal situación a la Superintendencia de Compañías. Su incumplimiento será motivo para que esta institución disponga la intervención o disolución de la compañía.
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