Art. 15 de la Resolución que codifica las normas de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros
Vigentedesde el 5 de septiembre de 2025
- Consolidación:
- texto consolidado al 5 de septiembre de 2025, sin reformas posteriores verificadas
- Texto cargado en Vigente:
La solicitud será presentada en el Centro de Atención al Usuario de la oficina matriz de la Superintendencia de Compañías o de cualquiera de las intendencias de compañías del país, dentro de los treinta días posteriores a la fecha en la que el Administrador entregó los estados financieros anuales a los socios o accionistas.
Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.
Este artículo es citado por (1)
- Art. l1-t8-c2-16 de la Resolución que codifica las normas de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros
«sin que este hubiere sido conocido por la junta general, el plazo referido en el artículo anterior, será computado desde la fecha de presentación de tal balance en esta»
Referencias verificadas en las normas ya indexadas. El índice cubre por ahora una parte del corpus.