Art. 9 de la Resolución que codifica las normas de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros
Vigentedesde el 5 de septiembre de 2025
- Consolidación:
- texto consolidado al 5 de septiembre de 2025, sin reformas posteriores verificadas
- Texto cargado en Vigente:
Cuando los activos tangibles no depreciables ni amortizables se traspasen a valor de mercado, menor que el valor presente, el valor del ajuste se debitará a la cuenta de reserva por valuación, con crédito al valor presente del correspondiente activo.
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