Art. 8 de la Resolución que codifica las normas de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros
De la autorización del ente rector del deporte
Vigentedesde el 24 de junio de 2026
- Fuente:
- Registro Oficial Suplemento 312, 24 de junio de 2026
- Texto cargado en Vigente:
Tomada la decisión por parte de la asamblea general, el representante legal del club deberá solicitar al ente rector del deporte o quien haga sus veces, que autorice la transformación del club deportivo a sociedad anónima deportiva, conforme a lo prescrito en el artículo 181 de la Ley Orgánica del Deporte, la Educación Física y la Recreación y en el artículo 176 de su Reglamento General.
Con la autorización emitida por el ente rector del deporte, el representante legal del club deportivo podrá iniciar el trámite ante la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros para la aprobación de la transformación a sociedad anónima deportiva.
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