Art. 7 de la Resolución que codifica las normas de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros
Resolución de transformación
Vigentedesde el 24 de junio de 2026
- Fuente:
- Registro Oficial Suplemento 312, 24 de junio de 2026
- Texto cargado en Vigente:
La asamblea general para deliberar sobre la transformación del club deportivo a sociedad anónima deportiva se instalará en el día y hora y el lugar convocado.
El representante legal del club preparará el listado de los asociados determinado con base en sus registros, documento que permitirá verificar la asistencia en forma personal, virtual o representada del asociado, y si existe o no el quorum necesario para la instalación de la sesión y para la resolución de los puntos del orden del día, conforme a este Reglamento.
Se deberán agotar cada uno de los puntos del orden del día.
La resolución de la asamblea general deberá contener, al menos: a) La aprobación de los estados financieros auditados y de los estados financieros intermedios, conforme a lo establecido en el artículo 10; b) La decisión expresa de transformar la corporación o asociación sin fines de lucro en sociedad anónima deportiva; c) La aprobación del estatuto social que regirá a la sociedad anónima deportiva; d) Aprobación de la capitalización para lograr el mínimo del capital que se exija para las sociedades anónimas deportivas, de ser el caso. e) Autorización al representante legal para otorgar el documento de transformación. f) La designación del representante legal de la sociedad anónima deportiva.
El acta deberá ser firmada por el presidente y secretario de la asamblea. Adicionalmente, se realizará una lista de asistentes que deberán ser suscrita por estos.
La sesión de la asamblea general deberá grabarse en un soporte magnético, salvo acuerdo unánime de los asociados.
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