Resolución que codifica las normas de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros › TÍTULO VI DE LAS COMPAÑÍAS O SOCIEDADES CON NORMATIVA ESPECIAL
Art. 11
REQUISITOS PARA LA ADJUDICACIÓN DEL BIEN
Vigente desde 2025-09-05
Los programas que sean para la adjudicación de vehículos automotores nuevos o usados, deberán considerar lo siguiente: a) Valorar el bien previo a la constitución de la garantía por parte del cliente o asociado. b) Los vehículos a entregar deben cumplir con las normas técnicas establecidas por la autoridad competente, de ser aplicable. c) Verificar, lo siguiente: i. El proveedor sea propietario del bien y/o esté autorizado para disponer del mismo. ii. Que la inscripción de la transferencia del bien o la matricula esté a nombre del cliente o asociados, y la garantía esté a favor de la compañía. iii. Póliza de seguro del vehículo a nombre del cliente y la garantía a favor de la compañía.
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