Resolución que codifica las normas de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros › TÍTULO VI DE LAS COMPAÑÍAS O SOCIEDADES CON NORMATIVA ESPECIAL
Art. 1
ÁMBITO DE APLICACIÓN
Vigente desde 2025-09-05
Las disposiciones del presente Reglamento serán de cumplimiento obligatorio para las compañías que brinden servicios de venta con planes de compra programada, para la obtención de bienes muebles o inmuebles, y las actividades relacionadas con la compra-venta e intermediación de bienes muebles e inmuebles, entre otras, las siguientes: a) Compra - venta de vehículos nuevos o usados. b) Compra - venta de bienes inmuebles. c) Y, cualquier otro bien que se ofrezca a través de esta modalidad de venta.
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