Art. 30 de la Resolución que codifica las normas de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros
INDIVISIBILIDAD DE LA REPRESENTACIÓN
Vigentedesde el 5 de septiembre de 2025
- Consolidación:
- texto consolidado al 5 de septiembre de 2025, sin reformas posteriores verificadas
- Texto cargado en Vigente:
La representación es indivisible y por lo tanto no podrá concurrir, deliberar y votar en la asamblea más de un representante por el mismo representado. Los accionistas que estuvieren representados pueden, en cualquier momento, incorporarse a la asamblea y reasumir directamente el ejercicio de sus derechos; en tal caso, no podrán modificar el voto ya emitido a su nombre por su representante, salvo que la asamblea haya resuelto la reconsideración del asunto correspondiente.
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