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Art. 16 de la Resolución que codifica las normas de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros

DERECHO DE ATRIBUCIÓN

Vigentedesde el 5 de septiembre de 2025

Consolidación:
texto consolidado al 5 de septiembre de 2025, sin reformas posteriores verificadas
Texto cargado en Vigente:
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Si el aumento de capital se hiciere con aplicación a cuentas patrimoniales de la sociedad por acciones simplificada, los accionistas gozarán del derecho de atribución. Este derecho podrá cederse o negociarse, mediante documento escrito en el cual las partes intervinientes, dejen constancia expresa de su voluntad.

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