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Art. 3 de la Resolución que codifica las normas de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros

REGISTRO ELECTRÓNICO PREVIO

Vigentedesde el 5 de septiembre de 2025

Consolidación:
texto consolidado al 5 de septiembre de 2025, sin reformas posteriores verificadas
Texto cargado en Vigente:
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De forma previa a la presentación de la correspondiente solicitud, la persona interesada realizará el proceso de reserva de denominación, a través del portal web institucional de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros. El sistema de reserva de denominación, procederá a validar la denominación requerida contra la información de todas las denominaciones de compañías existentes y contra las reservas de denominaciones vigentes que hubiesen sido previamente solicitadas.

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