Resolución que codifica las normas de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros › TÍTULO IV DE LA AUDITORÍA EXTERNA Y ÓRGANOS DE FISCALIZACIÓN
Art. 21
PERSISTENCIA DE DUDAS
Vigente desde 2025-09-05
Cuando persistan las dudas sobre la calidad de la auditoría externa realizada, la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros, de forma razonada y fundamentada podrá disponer que se contrate a una firma auditora distinta, como un adicional al trabajo ya llevado a cabo. Los costos de la nueva auditoría serán cubiertos por la compañía auditada.
Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.