Art. 31 de la Resolución que codifica las normas de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros
DERECHO A VOZ DE LOS ACCIONISTAS QUE NO TENGAN EL DE VOTO
Vigentedesde el 5 de septiembre de 2025
- Consolidación:
- texto consolidado al 5 de septiembre de 2025, sin reformas posteriores verificadas
- Texto cargado en Vigente:
En las juntas generales o asamblea de accionistas, de las compañías anónimas, sociedades por acciones simplificadas, en comandita por acciones y de economía mixta, los accionistas que no tuvieren derecho a voto, tendrán voz para hacer mociones e intervenir en las deliberaciones.
Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.