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Art. 19 de la Resolución que codifica las normas de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros

ASISTENCIA A JUNTA GENERAL O ASAMBLEA DE ACCIONISTAS POR MEDIO TELEMÁTICO

Vigentedesde el 5 de septiembre de 2025

Consolidación:
texto consolidado al 5 de septiembre de 2025, sin reformas posteriores verificadas
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Las juntas generales o asamblea de accionistas podrán realizarse por cualquier medio telemático que permita la asistencia e intervención de los socios y accionistas en tiempo real. Para tales efectos, en la respectiva convocatoria deberá anunciarse el medio de comunicación que será utilizado para celebrar la junta general o asamblea de accionistas, siendo responsabilidad del administrador estatutariamente autorizado, gestionar los medios y correr traslado con la información necesaria que permita la conexión de los socios o accionistas en el día y a la hora señalado.

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