Art. 18 de la Resolución que codifica las normas de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros
INICIACIÓN Y CONTINUACIÓN DE LA JUNTA O ASAMBLEA
Vigentedesde el 5 de septiembre de 2025
- Consolidación:
- texto consolidado al 5 de septiembre de 2025, sin reformas posteriores verificadas
- Texto cargado en Vigente:
La sesión no podrá instalarse ni continuar válidamente sin el quórum señalado en la ley o en el estatuto, según se trate de primera o de segunda convocatoria a junta general o asamblea de accionistas, de cualquier compañía sujeta al control de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros, o bien de tercera, en los casos expresamente previstos en el artículo 240 de la Ley de Compañías para las compañías anónimas, sociedades por acciones simplificadas, en comandita por acciones y de economía mixta.
Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.