Resolución que codifica las normas de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros › TÍTULO XVI DE LA PREVENCIÓN DE LAVADO DE ACTIVOS EN EL SECTOR SOCIETARIO
Art. 35
EFECTOS DE LA CANCELACIÓN DEL OFICIAL DE CUMPLIMIENTO
Vigente desde 2025-09-05
La cancelación del cargo en firme, determinará que el sancionado no pueda en lo posterior ejercer estas funciones en las compañías sujetas al control de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros.
Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.