Art. 33 de la Resolución que codifica las normas de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros
PROHIBICIÓN DE DELEGAR EL CARGO
Vigentedesde el 5 de septiembre de 2025
- Consolidación:
- texto consolidado al 5 de septiembre de 2025, sin reformas posteriores verificadas
- Texto cargado en Vigente:
Los oficiales de cumplimiento están prohibidos de delegar el ejercicio de su cargo, salvo en el caso de reemplazo, en los términos señalados en el artículo precedente. Tampoco podrán revelar datos contenidos en los informes o información alguna respecto a los negocios o asuntos de la entidad, obtenidos en el ejercicio de sus funciones, a personas no relacionadas con las funciones de control.
Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.