Art. 9 de la Resolución que codifica las normas de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros
CITACIÓN
Vigentedesde el 5 de septiembre de 2025
- Consolidación:
- texto consolidado al 5 de septiembre de 2025, sin reformas posteriores verificadas
- Texto cargado en Vigente:
Suscritos los autos de pago por el delegado de coactiva y secretario de coactiva, se procederá a la citación, conforme a lo señalado en el artículo 163 del Código Tributario. Realizadas las citaciones, el secretario de coactiva sentará la razón correspondiente y actualizará la tarjeta electrónica de control del proceso.
Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.