Vigente NORMATIVA AL DÍA

Resolución que codifica las normas de la Superintendencia de Compañías, Valores y SegurosTÍTULO XV DE LAS CONTRIBUCIONES Y DE LA COACTIVA

Art. 9

CITACIÓN

Vigente desde 2025-09-05

Suscritos los autos de pago por el delegado de coactiva y secretario de coactiva, se procederá a la citación, conforme a lo señalado en el artículo 163 del Código Tributario. Realizadas las citaciones, el secretario de coactiva sentará la razón correspondiente y actualizará la tarjeta electrónica de control del proceso.

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