Resolución que codifica las normas de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros › TÍTULO XV DE LAS CONTRIBUCIONES Y DE LA COACTIVA
Art. 20
FALTA DE PRESENTACIÓN DE LA GARANTÍA
Vigente desde 2025-09-05
Cuando el sujeto pasivo no presente garantía suficiente para respaldar el pago del saldo de la obligación tributaria, la Superintendencia podrá otorgar facilidades para el pago hasta por el plazo máximo de veinte y cuatro meses, según lo considere.
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