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Art. 20 de la Resolución que codifica las normas de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros

FALTA DE PRESENTACIÓN DE LA GARANTÍA

Vigentedesde el 5 de septiembre de 2025

Consolidación:
texto consolidado al 5 de septiembre de 2025, sin reformas posteriores verificadas
Texto cargado en Vigente:
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Cuando el sujeto pasivo no presente garantía suficiente para respaldar el pago del saldo de la obligación tributaria, la Superintendencia podrá otorgar facilidades para el pago hasta por el plazo máximo de veinte y cuatro meses, según lo considere.

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