Art. 16 de la Resolución que codifica las normas de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros
CONTROL DE LAS GARANTÍAS
Vigentedesde el 5 de septiembre de 2025
- Consolidación:
- texto consolidado al 5 de septiembre de 2025, sin reformas posteriores verificadas
- Texto cargado en Vigente:
La Dirección Nacional Financiera, la Dirección Regional Administrativa Financiera, y los órganos que hicieren sus veces en las Intendencias Regionales de Compañías, se encargarán del registro, custodia, control de vigencia, ejecución y emisión de los informes correspondientes de las garantías rendidas a favor de la institución.
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