Resolución que codifica las normas de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros › TÍTULO XV DE LAS CONTRIBUCIONES Y DE LA COACTIVA
Art. 27
RECURSO DE REVISIÓN
Vigente desde 2025-09-05
La máxima autoridad de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros tiene la potestad facultativa extraordinaria de iniciar, de oficio o por solicitud debidamente fundamentada del contribuyente, que sea legítimo interesado o afectado por los efectos jurídicos de un acto administrativo firme o resolución ejecutoriada de naturaleza tributaria, un procedimiento de revisión de tales actos o resoluciones que adolezcan de errores de hecho o de derecho, de acuerdo con las normas previstas en el Código Tributario y en el presente reglamento.
Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.