Art. 24 de la Resolución que codifica las normas de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros
ACEPTACIÓN TOTAL O PARCIAL DEL RECLAMO
Vigentedesde el 5 de septiembre de 2025
- Consolidación:
- texto consolidado al 5 de septiembre de 2025, sin reformas posteriores verificadas
- Texto cargado en Vigente:
En la resolución que aceptare total o parcialmente la reclamación tributaria referida en el artículo anterior, se dispondrá al Director Nacional Financiero o al órgano correspondiente en las Intendencias Regionales, efectuar los registros pertinentes en los auxiliares de cada compañía y remitir al responsable de contabilidad los ajustes respectivos para su registro.
Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.