Resolución que codifica las normas de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros › TÍTULO XIV PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS EN EL ÁMBITO SOCIETARIO
Art. 21
RESOLUCIÓN
Vigente desde 2025-09-05
En el plazo de un mes contado desde la fecha de admisión a trámite, el Superintendente de Compañías, Valores y Seguros resolverá el recurso extraordinario de revisión, a cuyo término, en caso de que la Superintendencia no se haya pronunciado de manera expresa, se entiende desestimado.
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