Art. 10 de la Resolución que codifica las normas de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros
GASTOS DE LA PRÁCTICA DE LA PRUEBA
Vigentedesde el 5 de septiembre de 2025
- Consolidación:
- texto consolidado al 5 de septiembre de 2025, sin reformas posteriores verificadas
- Texto cargado en Vigente:
Los gastos de aportación y producción de las pruebas son de cargo del solicitante. Se exceptúan de la regla precedente, las pruebas solicitadas por la persona interesada que estén en poder de la institución.
Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.