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Art. 10 de la Resolución que codifica las normas de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros

GASTOS DE LA PRÁCTICA DE LA PRUEBA

Vigentedesde el 5 de septiembre de 2025

Consolidación:
texto consolidado al 5 de septiembre de 2025, sin reformas posteriores verificadas
Texto cargado en Vigente:
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Los gastos de aportación y producción de las pruebas son de cargo del solicitante. Se exceptúan de la regla precedente, las pruebas solicitadas por la persona interesada que estén en poder de la institución.

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