Art. 11 de la Resolución que codifica las normas de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros
RECURSO DE APELACIÓN
Vigentedesde el 5 de septiembre de 2025
- Consolidación:
- texto consolidado al 5 de septiembre de 2025, sin reformas posteriores verificadas
- Texto cargado en Vigente:
Las compañías, los socios o accionistas y las personas naturales o jurídicas que se sintieren afectadas por una resolución emitida por el Superintendente de Compañías, Valores y Seguros o su delegado, podrán presentar recurso de apelación por escrito. La apelación de las resoluciones expedidas por el Director General de la Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE), será presentada por el recurrente ante dicha autoridad, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 39 del Reglamento General a la Ley Orgánica de Prevención, Detección y Erradicación del Delito de Lavado de Activos y del Financiamiento de Delitos. No son susceptibles de apelación los actos administrativos expedidos por la máxima autoridad de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros.
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