Art. 14 de la Resolución que codifica las normas de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros
AUXILIO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
Vigentedesde el 5 de septiembre de 2025
- Consolidación:
- texto consolidado al 5 de septiembre de 2025, sin reformas posteriores verificadas
- Texto cargado en Vigente:
En caso de que la persona interesada requiera el auxilio de la administración pública para obtener los medios probatorios a los que le sea imposible tener acceso, deberá solicitar a esta institución, para que dentro de la esfera de sus competencias constitucionales y legales, el Secretario General o el Delegado del Superintendente de Compañías Valores y Seguros, disponga las medidas pertinentes para su práctica.
Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.