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Art. 6 de la Resolución que codifica las normas de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros

Vigentedesde el 5 de septiembre de 2025

Consolidación:
texto consolidado al 5 de septiembre de 2025, sin reformas posteriores verificadas
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El Intendente de Control e intervención en la oficina matriz y en la Intendencia de Guayaquil y quienes hicieren sus veces en las demás intendencias, mantendrán el Registro de Interventores Calificados, que contendrá la nómina de profesionales calificados, su dirección, teléfono, fax, celular, e-mail y más información relativa a su localización y la actividad económica en la que se han especializado.

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  1. Art. l1-t14-c2-10 de la Resolución que codifica las normas de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros

    «los interventores designados, se seguirá el procedimiento indicado en los artículos 5 y 6, adjuntando los documentos que motivaron tal»

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