Art. 5 de la Resolución que codifica las normas de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros
Vigentedesde el 5 de septiembre de 2025
- Consolidación:
- texto consolidado al 5 de septiembre de 2025, sin reformas posteriores verificadas
- Texto cargado en Vigente:
Las personas calificadas como interventores, deberán renovar su registro cada dos años previa solicitud dirigida al Superintendente de Compañías y actualización de los documentos requeridos para la calificación. Además, la Superintendencia de Compañías de creerlo pertinente solicitará cualquier otra documentación.
Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.
Este artículo es citado por (1)
- Art. l1-t14-c2-10 de la Resolución que codifica las normas de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros
«cambio del o los interventores designados, se seguirá el procedimiento indicado en los artículos 5 y 6, adjuntando los documentos que motivaron tal»
Referencias verificadas en las normas ya indexadas. El índice cubre por ahora una parte del corpus.