Resolución que codifica las normas de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros › TÍTULO XIV PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS EN EL ÁMBITO SOCIETARIO
Art. 23
Vigente desde 2025-09-05
En base a los informes de control y a los del interventor, se notificarán las observaciones pertinentes al representante legal. El seguimiento de la intervención se hará a través del departamento respectivo.
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