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Art. 15 de la Resolución que codifica las normas de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros

Vigentedesde el 5 de septiembre de 2025

Consolidación:
texto consolidado al 5 de septiembre de 2025, sin reformas posteriores verificadas
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Si la compañía intervenida se negare a cancelar los honorarios del interventor o interventores, la Superintendencia de Compañías podrá declarar, de oficio, su disolución y ordenar su liquidación.

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