Resolución que codifica las normas de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros › TÍTULO XIV PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS EN EL ÁMBITO SOCIETARIO
Art. 14
Vigente desde 2025-09-05
La Intendencia de Control e Intervención o la de Mercado de Valores, según corresponda, o la unidad autorizada elaborará el respectivo proyecto de resolución para la fijación de honorarios, cuando el interventor o interventores no pertenezcan al personal de la Superintendencia de Compañías. El Superintendente o su delegado lo suscribirá si lo encontrare arreglado a los lineamientos que sobre honorarios prevé el presente reglamento.
Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.