Vigente
CuentaComprobando cuenta

Art. 3 de la Resolución que codifica las normas de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros

CONCESIÓN DE CERTIFICADOS ELECTRÓNICOS

Vigentedesde el 5 de septiembre de 2025

Consolidación:
texto consolidado al 5 de septiembre de 2025, sin reformas posteriores verificadas
Texto cargado en Vigente:
Compartir:WhatsAppXLinkedIn

La Superintendencia de Compañías y Valores otorgará únicamente a través del portal web institucional www.supercias.gob.ec, los siguientes certificados de las sociedades sujetas a su vigilancia y control: Certificado de Cumplimiento de Obligaciones; Datos Generales de la Compañía; Nómina de Socios o Accionistas; Nómina de Administradores actuales de la compañía; y, Los demás que considere pertinente.

Ver historial de versiones

Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.