Art. 2 de la Resolución que codifica las normas de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros
INFORMACIÓN Y CERTIFICACIONES
Vigentedesde el 5 de septiembre de 2025
- Consolidación:
- texto consolidado al 5 de septiembre de 2025, sin reformas posteriores verificadas
- Texto cargado en Vigente:
La Superintendencia de Compañías y Valores podrá conceder la información y las certificaciones permitidas por la Constitución de la República y la Ley, de acuerdo con el presente reglamento. La información podrá ser solicitada a través del portal web institucional www.supercias.gob.ec, como se indica en el Capítulo II del presente reglamento.
Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.