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Art. 8 de la Resolución que codifica las normas de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros

USO INDEBIDO DE CLAVES DE ACCESO

Vigentedesde el 5 de septiembre de 2025

Consolidación:
texto consolidado al 5 de septiembre de 2025, sin reformas posteriores verificadas
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La Superintendencia de Compañías podrá suspender el acceso a su portal web, cuando detecte el uso indebido de la clave de acceso concedida a las sociedades que están bajo su control y vigilancia. La suspensión será informada a través del portal web institucional y/o mediante un mensaje enviado al correo electrónico de la compañía, registrado en el FORMULARIO DE ACTUALIZACIÓN DE DATOS. Esta suspensión no eximirá a la compañía del cumplimiento de su obligación, y será levantada mediante el procedimiento establecido para el efecto por la Institución.

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