Vigente
CuentaComprobando cuenta

Art. 7 de la Resolución que codifica las normas de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros

RESPONSABILIDAD SOBRE LA CLAVE DE ACCESO

Vigentedesde el 5 de septiembre de 2025

Consolidación:
texto consolidado al 5 de septiembre de 2025, sin reformas posteriores verificadas
Texto cargado en Vigente:
Compartir:WhatsAppXLinkedIn

Mediante la suscripción de la "SOLICITUD DE ACCESO Y DECLARACIÓN DE RESPONSABILIDAD", el representante legal o apoderado, según el caso, declarará conocer las condiciones para el uso de la clave asignada y las responsabilidades legales y administrativas que de ello se deriven. Por tanto, será responsable de la clave de acceso entregada por la Superintendencia de Compañías, la cual será confidencial e intransferible, y tendrá para todos los efectos, el mismo valor legal que la firma autógrafa. La pérdida de la clave de acceso, no justificará la extemporaneidad o falta de presentación de la información requerida.

Ver historial de versiones

Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.