Resolución que codifica las normas de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros › TÍTULO XIII DEL REGISTRO DE SOCIEDADES E INFORMACIÓN SOCIETARIA
Art. 16
Vigente desde 2025-09-05
Los extractos de los que tratan las normas precedentes se subirán al portal web institucional, una vez que el Superintendente de Compañías, Valores y Seguros, o su delegado, suscriba la pertinente resolución de aprobación. Corresponde la Subdirección de Registro de Sociedades de la oficina matriz o quien hiciere sus veces en las demás intendencias, digitalizar el extracto de manera inmediata a su entrega de parte de Secretaria General y publicarlo en el indicado portal a través de la herramienta creada para el efecto.
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