Resolución que codifica las normas de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros › TÍTULO XII DE LA VIGILANCIA Y CONTROL POSTERIOR DE ACTOS SOCIETARIOS INSCRITOS
Art. 11
PRESENTACIÓN DE DESCARGOS Y DEMÁS DOCUMENTOS
Vigente desde 2025-09-05
El usuario o el representante de la compañía deberá presentar en el CAU, los descargos y demás documentos relacionados con el acto societario observado, los cuales se receptarán con el mismo número de trámite para conocimiento y análisis de la Dirección Nacional de Actos Societarios y Disolución, o de quien hiciere sus veces en las demás intendencias.
Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.