Art. 4 de la Resolución que codifica las normas de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros
INFORMACIÓN TRIMESTRAL
Vigentedesde el 5 de septiembre de 2025
- Consolidación:
- texto consolidado al 5 de septiembre de 2025, sin reformas posteriores verificadas
- Texto cargado en Vigente:
Sin perjuicio de la información general que deben presentar al organismo de control, las compañías y sucursales a las que se refiere el artículo primero de esta resolución remitirán trimestralmente por vía electrónica a la Superintendencia de Compañías, luego del cierre de cada trimestre y dentro de los diez primeros días del trimestre siguiente, la información que se establece a continuación, según aplique:
Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.