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Art. 4 de la Resolución que codifica las normas de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros

INFORMACIÓN TRIMESTRAL

Vigentedesde el 5 de septiembre de 2025

Consolidación:
texto consolidado al 5 de septiembre de 2025, sin reformas posteriores verificadas
Texto cargado en Vigente:
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Sin perjuicio de la información general que deben presentar al organismo de control, las compañías y sucursales a las que se refiere el artículo primero de esta resolución remitirán trimestralmente por vía electrónica a la Superintendencia de Compañías, luego del cierre de cada trimestre y dentro de los diez primeros días del trimestre siguiente, la información que se establece a continuación, según aplique:

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